Radiación óptica

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Señal de advertencia de radiaciones ópticas incoherentes
Señal de advertencia de radiaciones ópticas láser
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Radiación óptica es toda radiación electromagnética cuya longitud de onda esté comprendida entre 100 nanómetros y 1 milímetro. Las radiaciones ópticas pueden ser radiaciones láser, si están emitidas por un dispositivo láser, o radiaciones incoherentes (todos los demás casos).

Las radiaciones ópticas, debido a su escaso poder de penetración, solo producen efectos adversos en los ojos y la piel.

Tipos de radiaciones ópticas según su longitud de onda[editar]

Radiación ultravioleta[editar]

La radiación ultravioleta es una radiación óptica de longitud de onda comprendida entre 100 y 400 nm. La región ultravioleta se divide en UVA (315-400 nm), UVB (280-315 nm) y UVC (100-280 nm). Una característica a tener en cuenta en las radiaciones UVC es que cuando sus fotones colisionan con los átomos de oxígeno, se forma ozono.

Si bien la mayor parte de la radiación ultravioleta es absorbida en las capas más externas de la piel, una sobreexposición puede producir eritema (enrojecimiento de la piel, a veces acompañado de dolor e hinchazón), elastosis (envejecimiento cutáneo prematuro por pérdida de elasticidad y firmeza) o cáncer de piel.

Las radiaciones ultravioleta también pueden provocar efectos sobre los ojos. El principal efecto crónico son las cataratas de origen fotoquímico (aumento de la opacidad del cristalino originado por la desnaturalización de sus proteínas). Entre los efectos agudos se encuentran la fotoqueratitis y la fotoconjuntivitis (inflamaciones de la córnea y la conjuntiva, respectivamente), caracterizadas por dolor intenso, irritación, fotofobia, lagrimeo y sensación de arena en los ojos.

Radiaciones visibles e infrarrojas[editar]

La radiación visible, o simplemente "luz", es aquella capaz de causar una sensación visual; su longitud de onda está comprendida entre 380 y 780 nm. La radiación infrarroja es una radiación óptica de longitud de onda comprendida entre 780 nm y 1 mm; la región infrarroja se divide en IRA (780-1400 nm), IRB (1400-3000 nm) e IRC (3000 nm-1mm).

El IRA y la radiación visible penetran en la piel hasta alcanzar la dermis e incluso la capa subcutánea. En exposiciones de larga duración (más de 10 segundos), se puede producir un aumento generalizado de la temperatura corporal, lo que podría suponer un riesgo por estrés térmico.

En cuanto a los efectos sobre los ojos, una exposición crónica a radiaciones IRB o IRC puede provocar cataratas. Entre los efectos asociados a exposiciones agudas se encuentran los siguientes:

  • Fotorretinitis: da lugar a puntos ciegos que pueden ser reversibles o irreversibles (si se localizan en la fóvea pueden evolucionar hacia una pérdida de agudeza visual considerable). El intervalo de longitudes de onda entre 435 y 440 nm es el más perjudicial, por lo que a este riesgo se le conoce como "riesgo por luz azul".
  • Quemaduras en la retina: pueden producirse por exposición a radiación visible e IRA. Para que se coagule el tejido la intensidad de la radiación deberá ser tal que la temperatura de la retina aumente entre 10 ºC y 20 ºC. Las quemaduras corticales (de la córnea) se producen por exposición a radiación IRB e IRC, y en menor medida por IRA. Son el principal efecto adverso asociado a exposiciones agudas.

Ejemplos de actividades con fuentes de emisión de radiaciones ópticas con riesgo alto[editar]

  • Puesto de trabajo de soldadura o técnicas relacionadas.
  • Esterilización con UV y fluorescencia inducida.
  • Proximidad a hornos, quemadores. Metales fundentes. Industria del vidrio.
  • Curado de tintas y pinturas con UV.
  • Trabajos con láser 3B y 4.
  • Fototerapia con luz azul o UV.
  • Luz pulsada de alta intensidad (IPL).

En todos los casos anteriores se deben usar protectores oculares o faciales con filtros para la radiación óptica a la que los trabajadores estén expuestos. En el caso de los puestos de soldadura, se debe utilizar además ropa de protección para soldadores y guantes de protección para soldadores.

Posibles daños oculares por exposición a radiaciones ultravioleta[editar]

El riesgo de aparición de los efectos biológicos asociados a la exposición a la radiación ultravioleta depende de la intensidad de la radiación y el tiempo de exposición. Los principales efectos nocivos producto de la exposición a radiación ultravioleta se observan en la piel y en los ojos de las personas expuestas. A nivel ocular:

Queratoconjuntivitis actínica: la radiación ultravioleta actínica (UVB) es fuertemente absorbida por la córnea y la conjuntiva. La sobreexposición de estos tejidos, como ocurre con el uso inadecuado de lámparas de desinfección UV, puede causar queratitis actínica.

Síntomas: dolor, “ceguera aguda”, epífora, blefarospasmo. Suele ser bilateral.

Signos: eritema alrededor de los ojos, edema epitelial, queratitis puntiforme superficial o erosiones corneales que se tiñen con fluoresceína. Se valora con anestésico local para controlar el blefarospasmo.

El periodo de latencia varía en razón inversa de la intensidad de la exposición, desde 1,5 a 24 horas, pero normalmente es de 6 a 12 horas; el malestar suele desaparecer en 48 horas como máximo. A continuación, aparece una conjuntivitis que puede ir acompañada de eritema de la piel alrededor de los párpados.

El personal expuesto a radiaciones UV debe ser revisado periódicamente y los trabajadores educados sobre los efectos de la radiación y la protección adecuada para los ojos que deben utilizar.

Efectos crónicos: la exposición laboral de larga duración a la radiación ultravioleta puede contribuir a la formación de cataratas, degeneración macular asociada a la edad y también puede causar desarrollo de pterigion (membrana vascularizada que invade la córnea y progresa hacia la pupila) o de pinguécula (lesión de color amarillento cerca del limbo corneal).

Posibles daños oculares por exposición a radiaciones infrarrojas[editar]

Los efectos térmicos de los IR actúan sobre diferentes partes del ojo, pudiendo producir, por ejemplo, queratoconjuntivitis, pero merece particular atención el estudio de la contribución del IR a la enfermedad más frecuentemente asociada con el envejecimiento, que es la catarata. El cristalino y la retina se ven afectados por la fracción más energética del IR, denominada IR-A, con longitud de onda entre 780 y 1.400 nm.

Actualmente, se considera que las exposiciones crónicas al IR A y IRB (780 -3000 nm) inducen lesiones en el cristalino y la córnea (cataratas y quemaduras). Los valores límite de exposición permitidos dependen del tiempo de exposición y no se les aplica ponderación espectral.

Por el momento, no hay evidencias de que la radiación IR proveniente de un ambiente soleado produzca ningún tipo de lesión ocular. Sin embargo, fuentes artificiales de luz tales como las de arco de carbono, tungsteno, xenón y algunos láseres, producen una cantidad de radiación IR mucho más alta que la que emite el sol.

Los efectos de la radiación infrarroja son acumulativos a lo largo de la vida y, en consecuencia, es aconsejable una protección constante frente a la exposición diaria. Ya existen recomendaciones y normativas sobre los requerimientos de protección de gafas solares.

Véase también[editar]

Radiación.

Legislación[editar]

Real Decreto 486/2010, de 23 de abril, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones ópticas artificiales.

Bibliografía[editar]

INSHT: Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con las radiaciones ópticas artificiales.

Beatriz Diego Segura, María José Rupérez Calvo: Nota Técnica de Prevención 755. Radiaciones ópticas: metodología de evaluación de la exposición laboral.

Beatriz Diego Segura, María José Rupérez Calvo: Nota Técnica de Prevención 903. Radiaciones ópticas artificiales: criterios de evaluación.

VV.AA.: Enciclopedia práctica de Medicina del Trabajo. INSST.