Deuda de seguridad
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La deuda de seguridad, o deber de seguridad, es una obligaci贸n del empresario ante el trabajador que tiene como origen la protecci贸n constitucional de la vida e integridad f铆sica de este. La deuda de seguridad significa que quien se beneficia del trabajo prestado por otro en ajenidad y dependencia, creando riesgos, debe asumir la responsabilidad derivada de los mismos.
Caracter铆sticas de la deuda de seguridad[editar]
- Es un deber de contenido amplio y gen茅rico, pues abarca todos los aspectos relacionados con el trabajo que puedan afectar a la salud y obliga a dictar cuantas medidas sean necesarias.
- Es un deber de contenido din谩mico y variable que tiene en cuenta los cambios t茅cnicos, de las condiciones de trabajo y de las circunstancias en que este se ejecuta.
- Se traduce en una obligaci贸n de medios, no de resultados: la obligaci贸n se traduce en la ejecuci贸n de una pol铆tica de prevenci贸n de riesgos laborales, en un deber de vigilancia del cumplimiento de las medidas preventivas y de protecci贸n (el no cumplimiento de esta vigilancia dar铆a lugar a una culpa in vigilando) y en una elecci贸n adecuada de trabajadores con formaci贸n adecuada (su no cumplimiento dar铆a lugar a una culpa in eligendo).
- Es un deber no transferible a terceros; tampoco pueden eximir de los deberes de empresario los presuntos incumplimientos del trabajador ni el acudir a servicios de prevenci贸n externos.
- El coste de la protecci贸n no podr谩 recaer nunca sobre los trabajadores.
- Es un deber de protecci贸n objetiva y principal: el empresario debe responder incluso cuando el trabajador haya cometido distracciones o imprudencias simples.
- Es un deber de protecci贸n eficaz: obliga al empresario a adoptar el mayor nivel de protecci贸n posible.
Bibliograf铆a[editar]
Juan L贸pez Gand铆a, Jos茅 Francisco Blanco Lahoz: Curso de prevenci贸n de riesgos laborales. Editorial Tirant lo Blanch. Comprar ebook en Amazon