Diferencia entre revisiones de «Vacuna»

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Revisión actual del 07:43 12 feb 2021

Vacunación de una profesional sanitaria

Se entiende por vacuna cualquier preparación destinada a generar inmunidad contra una enfermedad estimulando la producción de anticuerpos. Puede tratarse, por ejemplo, de una suspensión de microorganismos muertos o atenuados, o de productos o derivados de microorganismos. El método más habitual para administrar las vacunas es la inyección, aunque algunas se administran con un vaporizador nasal u oral.

En España no existe ningún imperativo legal que obligue a la vacunación generalizada de los trabajadores expuestos a riesgos biológicos, aunque en alguno de los colectivos expuestos se lleva a cabo, de acuerdo con ordenanzas particulares y convenios colectivos.

Fundamentos para la vacunación en la empresa[editar]

  • Proteger a los trabajadores del riesgo de padecer determinadas enfermedades transmisibles.
  • Evitar que los trabajadores sean fuentes de contagio de enfermedades transmisibles para otros trabajadores o para la comunidad.
  • Prevenir enfermedades infecciosas en trabajadores que estén inmunocomprometidos o padezcan patologías crónicas (cardíacas, pulmonares, renales...), lo que sería un riesgo grave para ellos.
  • Evitar absentismo por bajas laborales, como consecuencia de enfermedades adquiridas por trabajadores en el desempeño de sus funciones.
  • Evitar muertes que se produzcan como consecuencia de enfermedades infecciosas.
  • Evitar enfermedades infecciosas que puedan evolucionar a la cronicidad.

Recomendaciones prácticas para la vacunación en la empresa[editar]

  • Cuando la evaluación de riesgos demuestre la existencia de un riesgo para la seguridad y la salud de los trabajadores por exposición a agentes biológicos contra los que existan vacunas eficaces, el empresario deberá ofrecer dicha vacunación.
  • Deberá informarse a los trabajadores sobre las ventajas e inconvenientes tanto de la vacunación como de la no vacunación.
  • La vacunación ofrecida a los trabajadores no acarreará a estos gasto alguno.
  • Podrá elaborarse un certificado de vacunación que se expedirá al trabajador referido y, cuando así se solicite, a las autoridades sanitarias.
  • Lo dispuesto en los apartados anteriores será de aplicación a otras medidas de preexposición eficaz que permitan realizar una adecuada prevención primaria.

Pautas vacunales[editar]

  1. Todas las vacunas deben administrarse según la pauta vacunal recomendada por el fabricante para que la protección que confieren sea máxima.
  2. La administración simultánea de las vacunas vivas e inactivadas en lugares anatómicos diferentes y jeringas diferentes no produce respuestas inmunes disminuidas ni aumenta la incidencia de reacciones adversas, en general.
  3. Las vacunas inactivadas, en general, no interfieren en la respuesta inmune de otras vacunas, ya sean inactivadas o vivas, cuando su administración es simultánea. Sin embargo, cuando se administran dos vacunas de virus vivos inyectables (por ejemplo, triple vírica y varicela-zoster), sí pueden interferir la respuesta inmune, si el intervalo es menor de 28 días, por lo que se aconseja una separación mínima de 4 semanas.
  4. Las vacunas vivas orales (VPO, fiebre tifoidea) o intranasal (gripe) no interfieren entre sí, ni tampoco con las vivas inyectables, pudiéndose administrar en cualquier momento.
  5. Cuando se requiere la administración de varias dosis para obtener una respuesta inmune óptima, es importante respetar los intervalos recomendados entre las distintas dosis. No obstante, cuando se aumenta el intervalo entre dosis, la eficacia no disminuye sustancialmente, aunque la protección no se alcanzará hasta que se complete la pauta recomendada. Por ello, ante cualquier interrupción, no hay que reiniciar la vacunación, basta simplemente continuar con la pauta establecida. Sin embargo, una disminución del tiempo entre las dosis sí puede interferir la respuesta inmune y ver disminuida la eficacia de la vacuna, de forma que, si la disminución es de cinco o más días que el mínimo recomendado, se debe repetir su administración, respetando el intervalo de tiempo recomendado entre la nueva dosis y la anterior (que es la que se ha anticipado).
  6. Ciertas vacunas pueden producir un aumento de reacciones locales o sistémicas cuando se administran demasiado frecuentemente (Difteria y Tétanos) como resultado de reacciones alérgicas de tipo III (retardada, tipo Arthus generalizada). Por tanto, es aconsejable registrar las dosis administradas al trabajador y entregarle un justificante de dicha actuación por si es atendido en servicios de urgencias fuera del entorno laboral.
  7. Si se administran conjuntamente vacunas y derivados sanguíneos, la presencia de anticuerpos circulantes puede reducir o eliminar por completo la respuesta inmune a la vacuna. El grado de interferencia depende del tipo de vacuna administrada y de la cantidad de anticuerpos circulantes. Esta contraindicación no afecta a la administración simultánea de vacunas inactivadas, (Toxoides, subunidades o polisacáridos) y los anticuerpos circulantes de las inmunoglobulinas, ni entre éstos y su correspondiente vacuna, por ejemplo, hepatitis A y B, rabia y tétanos. Sin embargo, y como regla general, no deben administrarse simultáneamente vacunas de virus vivos e inmunoglobulinas, salvo la polio oral, la fiebre amarilla y la vacuna oral de la fiebre tifoidea Ty21a.

Vacunas recomendadas para el personal sanitario en España[editar]

Vacunas recomendadas para todo el personal sanitario Vacunas indicadas en ciertas situaciones
Vacuna triple vírica (TV): sarampión, rubeola y parotiditis
Tétanos y difteria (Td)
Hepatitis B
Varicela (especialmente personal sin evidencia de historia de varicela o vacunación previa, y trabajadores de limpieza de centros sanitarios).
Gripe
Poliomielitis
Enfermedad meningocócica invasora (EMI)
Tos ferina (especialmente en servicios pediátricos y de prematuros).
Hepatitis A (recomendada en situaciones de alto riesgo).
Fiebre tifoidea

Vacunas recomendadas para personal involucrado en labores de primeros auxilios (socorristas, bomberos, policía, protección civil...)[editar]

Vacunas recomendadas para todo el personal Vacunas indicadas en ciertas situaciones
Tétanos y difteria (Td)
Hepatitis B
Gripe
Hepatitis A

Vacunas recomendadas para el resto de trabajadores[editar]

Tétanos y difteria Todos los trabajadores no inmunes en riesgo de exposición (vacuna sistemática)
Trabajadores de agricultura y ganadería, construcción, minería, servicios sanitarios, veterinarios y cuidadores de animales, tratamiento de aguas residuales, depuradoras y basuras.
Trabajadores no inmunizados que viajen a zonas endémicas.
En toda actividad susceptible de producir heridas con frecuencia.
Vacuna triple vírica (TV): sarampión, rubeola y parotiditis Limpieza de centros sanitarios y de enseñanza. Sin evidencia de haber padecido la enfermedad, de inmunidad por serología y de vacunación completa.
Gripe Trabajadores de instituciones cerradas (centros penitenciarios, guarderías y parvularios, geriátricos y cuidados crónicos).
Tos ferina Personal de guarderías.
Varicela-Zóster Trabajadores de guarderías y parvularios susceptibles (sin evidencia de historia de varicela o vacunación previa).
Hepatitis B Trabajadores de laboratorios clínicos y de investigación, trabajadores de instituciones cerradas.
Trabajadores de limpieza de parques y jardines, lavandería y recogida de residuos; trabajadores expuestos a sangre, pinchazos accidentales y otros fluidos contaminantes (manicura, pedicura, acupuntura, depilación, tatuaje, piercing).
Trabajadores que viajen a países endémicos.
Trabajadores que convivan con portadores de HbsAg (antígeno de superficie de la hepatitis B) o enfermos agudos por el virus de la hepatitis B.
Hepatitis A Personal de laboratorios de investigación o que trabaje con primates infectados.
Trabajadores de instituciones cerradas con deficientes mentales.
Personal de limpieza en contacto con residuos, depuradoras y aguas residuales.
Trabajadores de guarderías y parvularios.
Trabajadores de centros de producción y manipulación de alimentos, cocineros, pasteleros, panaderos, etc.
Trabajadores que viajen a zonas endémicas.
Rabia Trabajadores en contacto con animales salvajes.
Cazadores y trabajadores de zoológicos.
Espeleólogos.
Personal que se desplaza a zonas endémicas de rabia y cuya actividad implica riesgo.
Personal que trabaja con el virus o con animales infectados.
Fiebre amarilla Trabajadores de laboratorio que manipulen el agente infeccioso.
Personas que viajen a zonas endémicas.
Personas que tienen la posibilidad de contacto con portadores.
Poliomelitis
Fiebre tifoidea
Peste
Enfermedad meningocócica

Legislación[editar]

Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

Bibliografía[editar]

Organización Mundial de la Salud: Vacunas.

INSHT: Vacunación en el ámbito laboral (Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo).

INSHT: Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos.

Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad: Vacunación en trabajadores sanitarios.

VV.AA.: Enciclopedia práctica de Medicina del Trabajo. INSST.

VV.AA.: Higiene industrial. INSHT.

Enlaces externos[editar]

Blausen: Video explicativo del funcionamiento de las vacunas.