Residuo sanitario

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Uso de contenedor especial para agujas
Bolsa especial para residuos biológicos

Se denominan residuos sanitarios a las sustancias y objetos generados en los centros, servicios y establecimientos sanitarios que desarrollan actividades de promoción de la salud y de asistencia sanitaria, de investigación biomédica y sanitaria y los centros y veterinarios, y de los que los gestores de dichos centros deben desprenderse.

Clasificación de los residuos sanitarios[editar]

  • Residuos domésticos: por su naturaleza y composición no necesitan exigencias especiales de gestión. Estos residuos incluyen materiales como papel, cartón, vidrio, restos de comida y otros residuos que normalmente no derivan directamente de una activi­dad sanitaria y que se generan en estancias o áreas de un centro sanitario donde no se reali­zan actividades propiamente sanitarias (por ejemplo, oficinas, comedores, bares, salas de es­pera). Tienen la consideración de residuos urbanos o municipales.
  • Residuos sanitarios no específicos asimilables a residuos urbanos: este tipo de residuos inclu­ye material de curas, yesos, la ropa y el mate­rial de un solo uso sucios con sangre u otros fluidos biológicos, así como otros residuos no englobados en la categoría de residuos sanita­rios de riesgo o especial.
  • Residuos de riesgo o específicos: re­quieren la adopción de medidas de prevención en la recogida, almacenamiento, transporte, tra­tamiento y disposición del desecho, tanto dentro como fuera del centro generador, dado que pue­den suponer un riesgo para la salud laboral y pública. Estos residuos son la sangre y hemode­rivados en forma líquida, las agujas, el material anatómico, los cultivos y reservas de agentes in­fecciosos, los residuos de animales de investiga­ción o experimentación inoculados biológica­mente y el resto de residuos sanitarios infecciosos capaces de transmitir alguna de las enfermedades infecciosas indicadas en la normativa, y los residuos proceden­tes de enfermos que pueden ser incluidos en este grupo.
  • Residuos tipificados en normativas singulares: este grupo comprende los residuos especiales no incluidos en el apartado anterior y los resi­duos citotóxicos, además de todo el material que haya estado en contacto con ellos y que presen­ten riesgos carcinogénicos, mutagénicos o tera­togénicos; y los restos de sustancias químicas, los medicamentos caducados, los aceites mine­rales, los residuos de laboratorios radiológicos y los residuos radioactivos.

Gestión de los residuos sanitarios[editar]

Gestión intracentro[editar]

  • Clasificación o segregación: cada tipo de residuo, dependiendo de sus características de peligrosidad, será separado en contenedores diferentes en el mismo momento de la generación del residuo. Los contenedores irán etiquetados adecuadamente y tendrán características apropiadas a los residuos que vayan a albergar (impermeabilidad, rigidez, resistencia a la perforación...).
  • Recogida de residuos: se llevará a cabo lo antes posible. Los envases, una vez cerrados, no deben volver a abrirse.
  • Transporte interno: se realizará con agilidad, rapidez, inocuidad y seguridad. Los carros y contenedores serán de uso exclusivo para este fin. Las rutas de transporte deben ser distintas de las de recorrido del público, de los pacientes y de los especímenes para el diagnóstico.
  • Almacenamiento: debe hacerse en una zona exclusiva para residuos, bien ventilada, iluminada, señalizada y protegida del acceso de animales.

Gestión extracentro[editar]

  • Recogida y transporte: debe ser realizados por transportistas autorizados, conocedores de los riesgos y los procedimientos de trabajo específicos, quienes recibirán en el momento de la resepción la documentación de seguimiento y control establecida.
  • Tratamiento y eliminación: los residuos sanitarios específicos de riesgo y citostáticos serán tratados por gestores debidamente autorizados. Antes de ser eliminados como residuos urbanos, serán incinerados o esterilizados en autoclave.

Legislación[editar]

Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados.

Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.

Bibliografía[editar]

INSHT: Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos.

Patricia Canalejas Pérez, Enrique Gadea Carrera, Montserrat Solórzano Fabrega: Nota Técnica de Prevención 838. Gestión de residuos sanitarios.

Patricia Canalejas Pérez, Enrique Gadea Carrera, Montserrat Solórzano Fabrega: Nota Técnica de Prevención 853. Recogida, transporte y almacenamiento de residuos sanitarios.