Barandilla
Las barandillas son elementos de protección colectiva utilizados principalmente en obras de construcción, cuyo objeto es evitar la caída de personas que trabajen o circulen por junto a lados abiertos de escaleras, rampas o andamios. Las barandillas en lugares de trabajo deben estar construidas con materiales rígidos y tendrán una altura mínima de 90 centímetros. Dispondrán de una protección en la parte inferior (plinto o rodapié) y de una barra horizontal o listón intermedio que impidan el paso o deslizamiento por debajo de las mismas o la caída de objetos sobre personas. Otro elemento de la barandilla es el montante, elemento vertical que permite el anclaje del conjunto guardacuerpo al borde de la abertura a proteger, y en el que se fijan la barandilla, el listón intermedio y el plinto. Las barandillas no podrán ser extraídas de su lugar salvo por una acción deliberada.
Las barandillas deberán ser sometidas a comprobación periódica para verificar que mantienen las características resistentes iniciales, y se repararán o sustituirán en caso necesario. La frecuencia de estas comprobaciones será mayor si las barandillas están sometidas a condiciones climatológicas adversas.
Sistemas perimetrales de protección de borde
Son conjuntos de componentes destinados a proteger a las personas contra las caídas a un nivel inferior y retener materiales, que tienen como componentes una barandilla principal (larguero o elemento continuo que forma la parte superior del sistema) y una barandilla intermedia o una protección intermedia (entre la barandilla principal y la superficie de trabajo). Los sistemas perimetrales deben permitir la fijación de un plinto o rodapié (elemento específicamente previsto para prevenir la caída o deslizamiento de materiales o personas fuera de una superficie). Los postes son los soportes principales verticales del sistema al cual se sujetan las barandillas y los plintos.
Todos los componentes en un sistema de protección de borde deben estar diseñados para evitar la retirada o desplazamiento accidental de cualquier componente en cualquier dirección durante su uso. Asimismo, en su diseño y fabricación, se evitarán las lesiones en la piel de los trabajadores por pinchazos y laceraciones.
Clasificación
- Clase A: solo proporcionan resistencia frente a cargas estáticas con el objeto de soportar el peso de una persona que se apoye sobre la protección, sujeción de la mano cuando camina junto a ella y detención de una persona cuando camina o cae en dirección a la protección.
- Clase B: proporcionan resistencia a cargas estáticas y fuerzas dinámicas de baja intensidad con el objeto de soportar una persona que se apoye en ella o para sujetar su mano mientras camina, detener una persona que camina o cae en dirección a la protección y detener una persona que se desliza por una superficie inclinada.
- Clase C: proporcionan resistencia para fuerzas dinámicas elevadas basadas en los requisitos para detener la caída de una persona que se resbala por una superficie de fuerte pendiente.
Barandillas de seguridad permanentes EN 14122-3
Además de los sistemas perimetrales de protección de borde y clasificación en los tipos A, B y C conforme a la normativa EN 13374:2013 tenemos que hablar del montaje e instalación de barandillas de seguridad de carácter permanentes que se instalan conforme a los requisitos de diseño y construcción que encontramos en el CTE (Código Técnico de Edificación).
Las barandillas con carácter permanente atienden a los requisitos normalizados de la normativa española EN 14122 en su apartado número 3. Este tipo de protecciones colectivas son consideradas fijas o permanentes, pero vienen a eliminar por vía de la retención el riesgo de caída en zonas industriales o en construcción.
Tipos de barandillas permanentes
Existen distintos tipos de barandillas que pueden ser certificadas dado que cumplen con los criterios de la normativa anterior.
- Barandillas con pasamanos horizontales o verticales
- Barandillas ancladas a forjado, a cornisa, rectas curvadas, acodadas
- Barandillas con o sin rodapié (sin rodapié no serían certificadas dado que presentan problemática de prevención de caída de objetos).
- Barandillas que respetan la impermeabilización de una cubierta o terrado.
- Barandillas de tipo auto portantes, contrapesadas
- Balizamientos de alta visibilidad para espacios confinados (con contrapesos, no se consideran barandillas permanentes como tal).
Otras clasificaciones según sus usos
Las barandillas de seguridad también pueden ser clasificadas o denominadas según su funcionalidad, dado que no es lo mismo una protección colectiva para salvar una claraboya, translúcidos o cristaleras de una cubierta o barandillas replegables, u escamotearle en una fábrica para salvar caídas o golpes con maquinaria, sistemas de almacenaje u objetos.
Características técnicas por las que se certifica la seguridad de una barandilla
Cuando hablamos de certificar la seguridad de un montaje o la instalación de una estructura metálica, nos referimos a que finalizada la instalación, y de acuerdo a un plan y diseño de montaje previo, se han cumplido los cálculos previstos de manera que la instalación final es capaz de tener una resistencia tal que cumple con los requerimientos de la normativa de referencia y homologada o armonizada por el resto de textos legales vigentes de los organismos superiores, en el caso de España, su normativa va ligada a la normativa de referencia europea (y esta a su vez se diferencia de la americana por cuestiones de mercado).
En el caso de las barandillas de seguridad de carácter fijo o permanente, ya sean en acero inoxidable, galvanizado, aluminio, o el material en el que se hayan fabricado, deberán cumplir con los siguientes requerimientos técnicos:
- Deberá instalarse un sistema de protección colectiva, como la barandilla GARDAL, siempre que la altura de posible caída supere los 5 metros.
- La barandilla debe poder soportar una carga de 30 daN aplicada sucesivamente en el extremo superior del barrote de soporte y en el centro del pasamanos, y ello durante 1 minuto.
- En los dos casos, la deformación máxima debe ser menor de 30 mm. Ninguna flecha residual significativa podrá ser constatada al dejar de aplicar la carga.
Medidas de una barandilla de seguridad
A continuación, dejamos una relación de lo que se considera “homologado” conforme a la normativa de referencia sobre barandillas de seguridad en altura que en los últimos años se vienen instalando de acuerdo al CTE en lugares que no tienen por qué ser transitables pero que por cuestiones de mantenimiento en las cubiertas, azoteas, terrazas o tejados, es necesario proteger la zona dado que los consideramos lugares de trabajo con riesgo potencial de caída desde altura, y el responsable de cualquier accidente vendría a ser el empresario encargado del edificio o el mismo centro de trabajo.
Altura y dimensiones de una barandilla homologada | |
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Altura mínima | 1100 mm |
Hueco máximo | 500 mm |
Altura mínima del rodapié o la cornisa | 150 mm |
Hueco máximo entre la base del rodapié y el nivel del suelo | 10 mm |
Legislación
Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, sobre lugares de trabajo.
Bibliografía
Juan J. Bellmunt Bellmunt: Nota técnica de prevención 123. Barandillas.
José Mª Tamborero del Pino: Nota Técnica de Prevención 803. Encofrado horizontal: protecciones colectivas (I).
UNE-EN 13374. Sistemas provisionales de protección de borde. Especificaciones del producto. Métodos de ensayo.