Diferencia entre revisiones de «Concurrencia de actividades empresariales»
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Yolanda Iranzo García, Tomás Piqué Ardanuy: [https://www.insst.es/documents/94886/328579/918w.pdf/10b18001-da33-44b8-9b3c-b7c976e0e7dd Nota Técnica de Prevención 918. ''Coordinación de actividades empresariales (I)''].<br> | Yolanda Iranzo García, Tomás Piqué Ardanuy: [https://www.insst.es/documents/94886/328579/918w.pdf/10b18001-da33-44b8-9b3c-b7c976e0e7dd Nota Técnica de Prevención 918. ''Coordinación de actividades empresariales (I)''].<br> | ||
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Yolanda Iranzo García, Tomás Piqué Ardanuy: [https://www.insst.es/documents/94886/328579/918w.pdf/10b18001-da33-44b8-9b3c-b7c976e0e7dd Nota Técnica de Prevención 919. ''Coordinación de actividades empresariales (II)'']. | Yolanda Iranzo García, Tomás Piqué Ardanuy: [https://www.insst.es/documents/94886/328579/918w.pdf/10b18001-da33-44b8-9b3c-b7c976e0e7dd Nota Técnica de Prevención 919. ''Coordinación de actividades empresariales (II)'']. | ||
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Revisión actual del 18:29 3 feb 2021
Existe concurrencia de actividades empresariales cuando en un mismo centro de trabajo desarrollan actividades trabajadores de dos o más empresas. Por lo tanto, se considera empresa concurrente a cada una de las empresas contratistas, subcontratistas o trabajadores autónomos que intervienen simultáneamente en el mismo centro de trabajo durante la ejecución de las actividades laborales.
Véase también[editar]
Empresario titular del centro de trabajo.
Coordinación de actividades empresariales.
Legislación[editar]
Bibliografía[editar]
Yolanda Iranzo García, Tomás Piqué Ardanuy: Nota Técnica de Prevención 918. Coordinación de actividades empresariales (I).
Yolanda Iranzo García, Tomás Piqué Ardanuy: Nota Técnica de Prevención 919. Coordinación de actividades empresariales (II).