Contenedor
Según el ADR, un contenedor es un elemento de transporte (armazón u otro elemento análogo) que reúne las siguientes características:
- Tiene un carácter permanente y es, por tanto, lo suficientemente resistente para permitir su reiterada utilización.
- Está especialmente concebido para facilitar el transporte de las mercancías, sin operaciones intermedias de carga y descarga, mediante uno o varios modos de transporte.
- Está equipado con dispositivos que facilitan su estiba y su manipulación, especialmente para el trasbordo de un modo de transporte a otro.
- Está concebido de forma que sea fácil de llenar y de vaciar.
- Tiene un volumen interior igual o superior a 1 m3, salvo los contenedores para el transporte de materias radiactivas.
El término "contenedor" no comprende ni los embalajes habituales, ni los grandes recipientes para mercancía a granel (GRG/IBC), ni los contenedores cisterna, ni los vehículos. Sin embargo, un contenedor puede ser utilizado para el transporte de materias radiactivas.
Caja móvil[editar]
Una caja móvil es un contenedor que presenta las características siguientes:
- Tiene una resistencia mecánica concebida únicamente para el transporte sobre un vagón o un vehículo en tráfico terrestre o embarcados estos en un buque.
- No es apilable.
- Puede ser transferida del vehículo de carretera sobre soportes y vuelta a cargar por los propios medios a bordo de otro vehículo.
Contenedor abierto[editar]
Un contenedor abierto es un contenedor con techo abierto o un contenedor tipo plataforma.
Contenedor cerrado[editar]
Se denomina contenedor cerrado al contenedor totalmente cerrado, con un techo rígido, paredes laterales rígidas, paredes extremas rígidas y un suelo. El término comprende a los contenedores con techo practicable mientras el techo esté cerrado durante el transporte.
Contenedor entoldado[editar]
Un contenedor entoldado es un contenedor abierto provisto de un toldo para proteger la mercancía cargada.
Pequeño contenedor[editar]
Un pequeño contenedor es un contenedor cuyo volumen interior es inferior o igual a 3 m3.
Gran contenedor[editar]
Un gran contenedor es un contenedor que no responde a la definición de pequeño contenedor. Según el Convenio internacional sobre la seguridad de los contenedores, la superficie delimitada por sus cuatro ángulos inferiores exteriores será igual o superior a 14 m2 o, si estuviera provisto de piezas de esquina en los ángulos superiores, a 7 m2.
Legislación[editar]
Real Decreto 2115/1998, de 2 de octubre, sobre transporte de mercancías peligrosas por carretera.
ADR 2019, Acuerdo europeo sobre transporte internacional de mercancías peligrosas por carretera.
Bibliografía[editar]
Naciones Unidas: Recomendaciones relativas al transporte de mercancías peligrosas. Reglamentación modelo.