Espacio confinado

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Adiestramiento de un bombero en un espacio confinado
Señal de advertencia recomendada para espacios confinados. Es aconsejable que vaya acompañada por una leyenda
Cartel divulgativo de medidas de seguridad en espacios confiinados

Se denomina espacio confinado al recinto con aberturas limitadas de entrada y salida y ventilación natural desfavorable, en el que pueden acumularse contaminantes tóxicos o inflamables o puede haber una atmósfera deficiente en oxígeno, y que no está concebido para su ocupación continuada por los trabajadores.
Ejemplos de espacios confinados son aquellos que por su profundidad no permiten una adecuada ventilación natural (pozos, cubas, depósitos...) y los que disponen de pequeñas aberturas (túneles, alcantarillas, bodegas...).
Dada la peligrosidad inherente a las labores en espacios confinados, la entrada en estos solo se hará por personal con un permiso de trabajo especial y se deberá contar con la presencia de alguno de los recursos preventivos todo el tiempo que duren los trabajos.

Principales riesgos

  • Asfixia, por baja concentración de oxígeno (producida, por ejemplo, por su absorción por materiales orgánicos) o por desplazamiento de este por otros gases (es el caso del metano en las alcantarillas).
  • Incendio y explosión, por presencia de elementos combustibles en el interior, ya sean en forma de vapor o de cualquier otro tipo. La posibilidad de chispas o presencia de electricidad estática aumenta este riesgo. Por otro lado, una atmósfera demasiado rica en oxígeno podría también propiciar el inicio de incendio o una explosión.
  • Intoxicación por inhalación de contaminantes en el aire. Estos contaminantes pueden tener diferentes orígenes:
    • Las sustancias almacenadas en el espacio confinado, como en el caso de contenedores de materia orgánica, que, al descomponerse, produce ácido sulfhídrico.
    • Trabajos realizados durante la estancia en el espacio confinado: uso de pinturas, adhesivos o disolventes, soldaduras con producción de humos tóxicos...
    • Contaminantes naturales procedentes de las proximidades del espacio confinado, como cuando este está situado junto a aguas subterráneas, productoras de dióxido de carbono.
    • Liberación de contaminantes que se manifiesta solo tras la entrada del trabajador, al mover lodos, estiércol, etc.
    • Material con el que está fabricado el propio recinto.
    • Entrada y acumulación de gases procedentes de otras instalaciones próximas.
  • Hundimiento (en contenedores de arena, granos, líquido...).

Otros riesgos

  • Riesgos ocasionados por la presencia de agentes biológicos (en silos, estercoleros...).
  • Riesgos mecánicos, como atrapamientos, cortes o aplastamientos.
  • Riesgos eléctricos.
  • Riesgos por contacto con sustancias peligrosas.
  • Riesgos ocasionados por ruido, que en ocasiones es amplificado en el interior del espacio confinado.
  • Estrés térmico, si las temperaturas en el interior son extremadamente altas o bajas.
  • Diversos riesgos de origen psicológico relacionados en los trabajadores que suelen hacer su trabajo en estas condiciones.
Figura 1

Medidas preventivas

  • Medición y evaluación de la atmósfera interior, en cuanto a concentración de oxígeno, de sustancias combustibles y de contaminantes peligrosos, por medio de detectores de gases correctamente calibrados y manejados por personal competente. Debido al hecho de que cada gas puede asentarse en partes diferentes del recinto, se hace necesario hacer varias mediciones en distintos lados y alturas (véase Figura 1). Si la evaluación de riesgos contempla la posibilidad de que las condiciones varíen en el período en que se desarrolla el trabajo, serán necesarias mediciones posteriores a la inicial.
  • Aislamiento del espacio confinado frente a riesgos externos, como fuentes de ignición, sustancias contaminantes o suministro eléctrico. En algunos casos, este aislamiento exigirá el empleo de dispositivos de consignación.
  • Acotamiento de la zona y señalización de los riesgos.
  • Ventilación: generalmente se usará ventilación por dilución; en algunos casos concretos, como cuando se realicen labores que puedan provocar la creación de contaminantes en una zona puntual, podrá hacerse uso de ventilación localizada.
  • Vigilancia externa continuada.
  • Formación y adiestramiento.

Procedimientos de emergencia

Adiestramiento de rescate en un espacio confinado

A pesar de haberse tomado todas las medidas preventivas, hay que contemplar la posibilidad de que algo salga mal. En tal caso, tiene que haberse preparado un procedimiento de emergencia que contemple el rescate del trabajador y en el que se tenga en cuenta una serie de consideraciones.

  • Localización del espacio confinado: ¿a qué distancia está el centro médico más próximo? ¿qué accesibilidad existe para la llegada de una ambulancia?...
  • Comunicación: ¿cómo puede comunicarse la emergencia desde el interior del espacio confinado? ¿quién es el encargado de activar la alarma?...
  • Equipos de rescate y resucitación que pudieran ser necesarios dependiendo de los potenciales escenarios previstos.
  • Adiestramiento de los rescatadores y protección de estos en caso de que tengan que actuar.
  • Personal y equipos de primeros auxilios que pudieran ser necesarios.
  • Notificación a servicios médicos de emergencia, incluyendo información, a su llegada, sobre los peligros propios del espacio confinado .

Permiso de entrada

Véase también: Permiso de trabajo especial
El objeto del permiso de entrada es garantizar que las condiciones de trabajo son seguras para las personas que acceden al recinto y estas se mantienen durante el tiempo que duran los trabajos, disponiendo de los medios necesarios para la adecuada evacuación de los trabajadores en caso de emergencia o pérdida de las condiciones que garantizaban la seguridad.
Esta autorización de entrada al recinto debe ser firmada por los responsables de los trabajos y es válida solo para una jornada, debiendo firmarse un nuevo permiso en el supuesto de que se prolonguen los trabajos especificando las condiciones en el momento de la entrada al recinto.
El permiso de trabajo contiene los siguientes puntos:

  • El área de permiso que cubre.
  • El propósito y fecha de entrada.
  • El tiempo de vigencia de la autorización.
  • Los nombres de las personas autorizadas a entrar.
  • El nombre del ayudante que va a vigilar el área de trabajo.
  • Los métodos de control y aislamiento que va a ser utilizados.
  • Las condiciones aceptables para efectuar la entrada.
  • Los resultados de los exámenes iniciales y periódicos de la atmósfera.
  • Los números telefónicos del personal de emergencia.
  • Los métodos de comunicación autorizados entre el supervisor y los trabajadores.
  • Los equipos de trabajo y equipos de protección individual y de protección colectiva que deben ser suministrados.
  • La información adicional necesaria.
  • El procedimiento de trabajo a seguir.
  • Otros permisos, como los necesarios para efectuar trabajos con calor.

Equipos de protección individual necesarios

Véase también

Agente químico
Agente biológico
Atmósfera explosiva

Legislación

Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

Bibliografía

Tania Berlana Llorente: Identificación y prevención del riesgo en espacios confinados. INSHT.
Pilar González Villegas, Emilio Turmo Sierra: Nota Técnica de Prevención 223. Trabajos en recintos confinados.
Safe Work Australia: Confined Spaces. Code of Practice.