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− | * | + | *El conducto de evacuación de humos no incidirá directamente sobre el conductor. |
− | ** | + | *Tanto el piso del puesto de conducción como los estribos de acceso serán de material antideslizante. |
− | ** los | + | *Cuando el acceso al puesto de trabajo (por las dimensiones de la máquina) se encuentre a más de dos metros, se dispondrá de [[barandillas]]. |
− | ** | + | *Reemplazar los latiguillos conforme a las directrices del fabricante. |
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+ | *Cuando la iluminación natural no sea suficiente, el equipo dispondrá de un sistema de alumbrado. | ||
+ | *La salida del escape tiene que estar protegida o inaccesible. El contacto con partes calientes tiene que ser imposible desde el puesto de mando así como durante el acceso a él. | ||
+ | *La traílla dispondrá de girofaro y alarma de retroceso. | ||
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+ | *Instalación de una estructura tipo [[ROPS]] (y de cinturón de seguridad) o tipo [[FOPS]], en caso de trabajos con riesgo de vuelco o de la caída de objetos; en caso contrario, verificar la presencia en el puesto de mando de un mensaje claro que prohíba ese tipo de trabajos. | ||
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+ | *El equipo dispondrá de bocina. | ||
+ | == Legislación == | ||
+ | [[Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo]].<br> | ||
+ | [https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2008-16387 Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas].<br> | ||
+ | [[Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción]].<br> | ||
+ | [https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-3725 Resolución de 28 de febrero de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo del sector de la construcción]. | ||
+ | == Bibliografía == | ||
+ | UNE-EN ISO 6165:2012. ''Maquinaria para movimiento de tierras. Tipos básicos. Identificación, términos y definiciones''.<br> | ||
+ | Vicente Camarero: [http://www.osalan.euskadi.eus/s94-contpub/es/contenidos/libro/seguridad_200415/es_200415/construccion.html ''Seguridad en equipos de construcción: manual para la adecuación al Real Decreto 1215/97'']. OSALAN. | ||
+ | [[Categoría:Seguridad en el trabajo]] | ||
+ | [[Categoría:Obras de construcción]] | ||
+ | [[Categoría:Equipos de trabajo]] |
Revisión del 17:39 24 ene 2021
Una traílla es una máquina para el movimiento de tierras, autopropulsada o remolcada, sobre ruedas o sobre cadenas, con una caja abierta de borde cortante entre los ejes delantero y trasero, que corta, carga, transporta, descarga y extiende materiales mediante el desplazamiento hacia adelante de la máquina.
Requisitos de seguridad
- Correcto estado de funcionamiento de los diferentes órganos de mando y de control así como su identificación (pictogramas, indicadores). Si es necesario, serán protegidos que no puedan ser accionados involuntariamente.
- Desde el puesto de mando se dominará toda la zona de operación; en caso contrario la puesta en marcha debe estar precedida de alguna señal de advertencia acústica o visual.
- La puesta en marcha del motor no debe provocar movimientos incontrolados del equipo ni de de la traslación.
- Todo movimiento del equipo (hoja) solo puede resultar de una acción voluntaria sobre un solo mando.
- Correcto funcionamiento de un dispositivo de parada del motor situado en el puesto de mando.
- La parada del motor no puede producir un movimiento incontrolado de los equipos.
- El conductor tiene que estar protegido en la cabina.
- Presencia de guardabarros en el tren delantero.
- El conducto de evacuación de humos no incidirá directamente sobre el conductor.
- Tanto el piso del puesto de conducción como los estribos de acceso serán de material antideslizante.
- Cuando el acceso al puesto de trabajo (por las dimensiones de la máquina) se encuentre a más de dos metros, se dispondrá de barandillas.
- Reemplazar los latiguillos conforme a las directrices del fabricante.
- Presencia y buen estado de los resguardos destinados a proteger las partes giratorias del motor.
- Cuando la iluminación natural no sea suficiente, el equipo dispondrá de un sistema de alumbrado.
- La salida del escape tiene que estar protegida o inaccesible. El contacto con partes calientes tiene que ser imposible desde el puesto de mando así como durante el acceso a él.
- La traílla dispondrá de girofaro y alarma de retroceso.
- Presencia de un dispositivo de corte-batería, y otro de anulación de la presión residual en el circuito hidráulico.
- Presencia sobre la máquina de señales en forma de panel para advertir de las zonas peligrosas.
- Todas las piezas de un equipo de trabajo bajo tensión deben estar protegidas ante contactos directos.
- Existencia de muelles o sistema antivibratorio en el asiento del conductor.
- La batería del equipo estará ubicada en una zona protegida, destinada a tal fin, con sus correspondientes mordazas y amarres.
- Instalación de una estructura tipo ROPS (y de cinturón de seguridad) o tipo FOPS, en caso de trabajos con riesgo de vuelco o de la caída de objetos; en caso contrario, verificar la presencia en el puesto de mando de un mensaje claro que prohíba ese tipo de trabajos.
- Correcto funcionamiento de un interruptor con llave o dispositivo similar indispensable para la puesta en marcha del motor en el puesto de mando.
- Correcto funcionamiento de los frenos de servicio y de un dispositivo de freno de emergencia.
- Presencia de retrovisores y de limpiaparabrisas.
- Presencia de faros de trabajo.
- La traílla dispondrá de extintor.
- En el caso de equipos dirigidos a distancia, verificar el buen funcionamiento de dispositivo que permita la parada automática de la máquina cuando sale de su campo de control.
- El equipo dispondrá de bocina.
Legislación
Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.
Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas.
Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.
Resolución de 28 de febrero de 2012, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo del sector de la construcción.
Bibliografía
UNE-EN ISO 6165:2012. Maquinaria para movimiento de tierras. Tipos básicos. Identificación, términos y definiciones.
Vicente Camarero: Seguridad en equipos de construcción: manual para la adecuación al Real Decreto 1215/97. OSALAN.