Señalización de seguridad y salud en el trabajo

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Se entiende por señalización de seguridad y salud en el trabajo el conjunto de elementos que tienen como fin proporcionar a los trabajadores informaciones o instrucciones relativas a la seguridad y salud en el trabajo. La señalización es necesaria siempre que no haya sido posible eliminar o reducir suficientemente un riesgo, pero por sí misma no elimina dicho riesgo.

Las señales deben, tanto por sus características propias como por su ubicación, atraer la atención del receptor y proporcionarle el mensaje con la antelación suficiente.

Las informaciones o instrucciones proporcionadas por una señal deben ser claras, inequívocas y fácilmente comprensibles; la posibilidad de interpretación errónea deberá ser corregida por medio de una formación adecuada a los trabajadores. En algunos casos puede ser conveniente añadir información escrita a la señal.

En determinados casos, puede ser necesario el uso de más de un tipo de señales; por ejemplo, en un incendio, pueden precisarse avisos acústicos y luminosos al mismo tiempo. En cualquier caso, la eficacia de la señalización no deberá resultar disminuida por la concurrencia de señales o por otras circunstancias que dificulten su percepción o comprensión.

Si la percepción de las señales por uno o más trabajadores se ve reducida (por ejemplo, por tener ciertas facultades limitadas o durante el uso de determinados equipos de protección individual), el empresario deberá adoptar medidas adicionales para garantizar la recepción, tales como incrementar el brillo, el tamaño (en señales visuales) o el volumen (en señales acústicas).

La señalización deberá permanecer en tanto persista la situación que la motiva y ser suprimida cuando dicha situación se haya subsanado.

Los medios y dispositivos de señalización deberán ser, según los casos, limpiados, mantenidos y verificados regularmente, y reparados o sustituidos cuando sea necesario, de forma que conserven en todo momento sus cualidades intrínsecas y de funcionamiento. A tal efecto, se establecerá un programa de mantenimiento y revisiones periódicas.

Las señalizaciones que necesiten de una fuente de energía dispondrán de alimentación de emergencia que garantice su funcionamiento en caso de interrupción de aquella, salvo que el riesgo desaparezca con el corte del suministro.

Elección de las señales[editar]

La elección del tipo de señales o dispositivos de señalización y de su número y emplazamiento se hará teniendo en cuenta los siguientes factores:

  • Las características de la señal.
  • Los riesgos, elementos o circunstancias que hayan de señalizarse.
  • La extensión de la zona en la que la señalización deba ser percibida adecuadamente.
  • El número de trabajadores afectados.

Criterios para el empleo de la señalización[editar]

La señalización de seguridad y salud en el trabajo deberá utilizarse siempre que el análisis de los riesgos existentes, de las situaciones de emergencia previsibles y de las medidas preventivas adoptadas, ponga de manifiesto la necesidad de:

  • Llamar la atención de los trabajadores sobre la existencia de determinados riesgos, prohibiciones u obligaciones.
  • Alertar a los trabajadores cuando se produzca una determinada situación de emergencia que requiera medidas urgentes de protección o evacuación.
  • Facilitar a los trabajadores la localización e identificación de determinados medios o instalaciones de protección, evacuación, emergencia o primeros auxilios.
  • Orientar o guiar a los trabajadores que realicen determinadas maniobras peligrosas.

Formación a los trabajadores[editar]

Con el objeto de garantizar una correcta interpretación de las señales y de regular el comportamiento seguro de los trabajadores, el empresario estará obligado a proporcionar a estos una formación adecuada en los siguientes casos:

  • Antes de la implantación de la señalización.
  • Cuando se implanten nuevos procesos de trabajo o se modifiquen los ya existentes.
  • Cuando se proceda a implantar nuevas señales.
  • Cuando se incorpore un trabajador a un nuevo puesto de trabajo.
  • Cuando se incorpore un nuevo trabajador a la empresa.

Clasificación[editar]

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Señales en forma de panel

Otras señales presentes en los lugares de trabajo[editar]

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Legislación[editar]

Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia de señalización de seguridad y salud en el trabajo.

México: Norma Oficial Mexicana NOM-026-STPS-2008. Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

Bibliografía[editar]

INSHT: Guía técnica sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo.

UNE 1115:1985. Colores y señales de seguridad.