Diferencia entre revisiones de «Servicio técnico»
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− | Se denomina '''servicio técnico''' a la organización o entidad designada por la autoridad de homologación de un Estado miembro como laboratorio para llevar a cabo ensayos o como entidad de evaluación de la conformidad para llevar a cabo la inspección inicial y otros ensayos o inspecciones en nombre de la autoridad de homologación, siendo posible que la propia autoridad de homologación lleve a cabo estas funciones.<br> | + | Se denomina '''servicio técnico''' a la organización o entidad designada por la autoridad de homologación de un Estado miembro como laboratorio para llevar a cabo ensayos o como entidad de evaluación de la [[conformidad]] para llevar a cabo la inspección inicial y otros ensayos o inspecciones en nombre de la autoridad de homologación, siendo posible que la propia autoridad de homologación lleve a cabo estas funciones.<br> |
Servicio técnico de reformas es la entidad designada por la autoridad de homologación española como laboratorio para llevar a cabo informes de las reformas tipificadas en el Real Decreto 866/2010 y, en su caso, los ensayos previstos en los actos reglamentarios afectados por la/s reforma/s. | Servicio técnico de reformas es la entidad designada por la autoridad de homologación española como laboratorio para llevar a cabo informes de las reformas tipificadas en el Real Decreto 866/2010 y, en su caso, los ensayos previstos en los actos reglamentarios afectados por la/s reforma/s. |
Revisión actual del 17:32 19 sep 2024
Se denomina servicio técnico a la organización o entidad designada por la autoridad de homologación de un Estado miembro como laboratorio para llevar a cabo ensayos o como entidad de evaluación de la conformidad para llevar a cabo la inspección inicial y otros ensayos o inspecciones en nombre de la autoridad de homologación, siendo posible que la propia autoridad de homologación lleve a cabo estas funciones.
Servicio técnico de reformas es la entidad designada por la autoridad de homologación española como laboratorio para llevar a cabo informes de las reformas tipificadas en el Real Decreto 866/2010 y, en su caso, los ensayos previstos en los actos reglamentarios afectados por la/s reforma/s.