Diferencia entre revisiones de «Plano de trabajo»
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*Es recomendable que sea de altura ajustable e incluso, si la tarea lo requiere, inclinable. Si el mobiliario dispone de tableros ajustables en altura, el rango de regulación estará comprendido entre el percentil femenino 5 y el percentil masculino 95 de la población de posibles usuarios. Si los tableros no son ajustables, el espacio previsto para los miembros inferiores debe alcanzar al percentil masculino 95. Para aquellas personas cuyas dimensiones estén fuera de dicho límite, se recurrirá a una adaptación individualizada. | *Es recomendable que sea de altura ajustable e incluso, si la tarea lo requiere, inclinable. Si el mobiliario dispone de tableros ajustables en altura, el rango de regulación estará comprendido entre el percentil femenino 5 y el percentil masculino 95 de la población de posibles usuarios. Si los tableros no son ajustables, el espacio previsto para los miembros inferiores debe alcanzar al percentil masculino 95. Para aquellas personas cuyas dimensiones estén fuera de dicho límite, se recurrirá a una adaptación individualizada. | ||
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UNE EN ISO 9241-5. ''Requisitos ergonómicos para trabajos de oficina con pantallas de visualización de datos (PVD). Parte 5: Concepción del puesto de trabajo y exigencias posturales''.<br> | UNE EN ISO 9241-5. ''Requisitos ergonómicos para trabajos de oficina con pantallas de visualización de datos (PVD). Parte 5: Concepción del puesto de trabajo y exigencias posturales''.<br> | ||
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VV.AA.: [https://www.mscbs.gob.es/ciudadanos/saludAmbLaboral/docs/datos.pdf''Protocolos de vigilancia sanitaria específica. Pantallas de visualización de datos'']. Comisión de Salud Pública. Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. | VV.AA.: [https://www.mscbs.gob.es/ciudadanos/saludAmbLaboral/docs/datos.pdf''Protocolos de vigilancia sanitaria específica. Pantallas de visualización de datos'']. Comisión de Salud Pública. Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud. | ||
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Revisión actual del 12:18 5 feb 2021
En un puesto de PVD se entiende por plano de trabajo, o superficie de trabajo, la superficie sobre la que se emplea el equipo y los objetos relacionados con la tarea, y que además debería proporcionar soporte suficiente para las manos y los brazos del usuario.
Requisitos del plano de trabajo[editar]
- Altura que permita una postura cómoda de brazos, antebrazos y manos. Entre el teclado y el borde libre de la mesa debe quedar una distancia de 5 a 10 cm, que actúe a modo de reposamanos.
- Es recomendable que sea de altura ajustable e incluso, si la tarea lo requiere, inclinable. Si el mobiliario dispone de tableros ajustables en altura, el rango de regulación estará comprendido entre el percentil femenino 5 y el percentil masculino 95 de la población de posibles usuarios. Si los tableros no son ajustables, el espacio previsto para los miembros inferiores debe alcanzar al percentil masculino 95. Para aquellas personas cuyas dimensiones estén fuera de dicho límite, se recurrirá a una adaptación individualizada.
- Debe dejar espacio libre suficiente por la parte inferior para los miembros inferiores (muslos, rodillas y pies) en posición sentado. Este espacio será de 60 cm de ancho por 65/70 cm de profundidad.
- El plano de trabajo deberá permitir colocar correctamente el equipo de trabajo. La superficie mínima será de 90 cm por 120 cm. Si se utiliza una mesa regulable, se recomienda una altura entre 65 y 75 cm. Si es una mesa fija, 75 cm.
- El plano de trabajo debe estar diseñado para soportar, sin moverse, el peso del equipo y el de cualquier persona que se apoye sobre alguno de sus bordes, o bien cuando lo utilice de asidero para moverse con la silla rodante.
- La distancia visual óptima (del ojo a la pantalla) será de 600 ± 150 mm para conseguir el máximo confort visual.
Legislación[editar]
Bibliografía[editar]
UNE EN ISO 9241-5. Requisitos ergonómicos para trabajos de oficina con pantallas de visualización de datos (PVD). Parte 5: Concepción del puesto de trabajo y exigencias posturales.
VV.AA.: Protocolos de vigilancia sanitaria específica. Pantallas de visualización de datos. Comisión de Salud Pública. Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.