Diferencia entre revisiones de «Vía de circulación»
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Las '''vías de circulación''' de los [[lugares de trabajo]], tanto las situadas en el exterior de los edificios y locales como en el interior de los mismos, incluidas las puertas, pasillos, [[escalera fija|escaleras]], [[Escaleras de servicio|escalas fijas]], [[rampa|rampas]] y [[Muelle de carga y descarga|muelles de carga]], deberán poder utilizarse conforme a su uso previsto, de forma fácil y con total [[seguridad]] para los peatones o vehículos que circulen por ellas y para el personal que trabaje en sus proximidades.<br> | Las '''vías de circulación''' de los [[lugares de trabajo]], tanto las situadas en el exterior de los edificios y locales como en el interior de los mismos, incluidas las puertas, pasillos, [[escalera fija|escaleras]], [[Escaleras de servicio|escalas fijas]], [[rampa|rampas]] y [[Muelle de carga y descarga|muelles de carga]], deberán poder utilizarse conforme a su uso previsto, de forma fácil y con total [[seguridad]] para los peatones o vehículos que circulen por ellas y para el personal que trabaje en sus proximidades.<br> | ||
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== Legislación == | == Legislación == | ||
[[Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo]]. | [[Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo]]. | ||
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[[Category:Seguridad en el trabajo]] | [[Category:Seguridad en el trabajo]] | ||
[[Categoría:Seguridad vial]] | [[Categoría:Seguridad vial]] |
Revisión actual del 11:30 7 feb 2021
Las vías de circulación de los lugares de trabajo, tanto las situadas en el exterior de los edificios y locales como en el interior de los mismos, incluidas las puertas, pasillos, escaleras, escalas fijas, rampas y muelles de carga, deberán poder utilizarse conforme a su uso previsto, de forma fácil y con total seguridad para los peatones o vehículos que circulen por ellas y para el personal que trabaje en sus proximidades.
A efectos de lo dispuesto en el apartado anterior, el número, situación, dimensiones y condiciones constructivas de las vías de circulación de personas o de materiales deberán adecuarse al número potencial de usuarios y a las características de la actividad y del lugar de trabajo. En el caso de los muelles y rampas de carga deberá tenerse especialmente en cuenta la dimensión de las cargas transportadas.
La anchura mínima de las puertas exteriores y de los pasillos será de 80 centímetros y 1 metro, respectivamente.
La anchura de las vías por las que puedan circular medios de transporte y peatones deberá permitir su paso simultáneo con una separación de seguridad suficiente.
Las vías de circulación destinadas a vehículos deberán pasar a una distancia suficiente de las puertas, portones, zonas de circulación de peatones, pasillos y escaleras.
Los muelles de carga deberán tener al menos una salida, o una en cada extremo cuando tengan gran longitud y sea técnicamente posible.
Siempre que sea necesario para garantizar la seguridad de los trabajadores, el trazado de las vías de circulación deberá estar claramente señalizado.