Diferencia entre revisiones de «Compuesto orgánico volátil»

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'''Compuesto orgánico volátil''' (COV) es todo [[compuesto orgánico]] que tenga a 293,15 ºK una presión de vapor de 0,01 kPa o más, o que tenga una volatilidad equivalente en las condiciones particulares de uso. Se incluye en esta definición la fracción de creosota que sobrepase este valor de presión de vapor a la temperatura indicada de 293,15 ºK.
 
'''Compuesto orgánico volátil''' (COV) es todo [[compuesto orgánico]] que tenga a 293,15 ºK una presión de vapor de 0,01 kPa o más, o que tenga una volatilidad equivalente en las condiciones particulares de uso. Se incluye en esta definición la fracción de creosota que sobrepase este valor de presión de vapor a la temperatura indicada de 293,15 ºK.
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== Legislación ==
 
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[https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-2515 Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades].
 
[https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2003-2515 Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades].
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[[Categoría:Higiene industrial]]
 
[[Categoría:Higiene industrial]]

Revisión actual del 18:19 3 feb 2021

Compuesto orgánico volátil (COV) es todo compuesto orgánico que tenga a 293,15 ºK una presión de vapor de 0,01 kPa o más, o que tenga una volatilidad equivalente en las condiciones particulares de uso. Se incluye en esta definición la fracción de creosota que sobrepase este valor de presión de vapor a la temperatura indicada de 293,15 ºK.

Legislación[editar]

Real Decreto 117/2003, de 31 de enero, sobre limitación de emisiones de compuestos orgánicos volátiles debidas al uso de disolventes en determinadas actividades.