Diferencia entre revisiones de «Dispositivo de protección»
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Revisión del 10:07 30 ene 2021
Se conoce como dispositivo de protección de una máquina a toda protección colectiva de dicha máquina que no es un resguardo. Como norma general, y salvo excepciones muy concretas, es aconsejable el uso de productos comercializados como componentes de seguridad.
Tipos de dispositivos de protección
- Dispositivo de enclavamiento: dispositivo de protección mecánico, eléctrico o de cualquier otra tecnología, destinado a impedir el funcionamiento de ciertos elementos de una máquina bajo determinadas condiciones (generalmente cuando el resguardo está cerrado).
- Dispositivo de validación: dispositivo suplementario de mando, accionado manualmente, utilizado conjuntamente con un órgano de puesta en marcha, que mientras se mantiene accionado, autoriza el funcionamiento de una máquina.
- Equipo de protección sensible (SPE): dispositivo que provoca la parada de una máquina o de elementos de una máquina cuando una persona o una parte de su cuerpo rebasa un límite de seguridad (dispositivos sensibles a la presión, fotoeléctricos, etc.).
- Dispositivo de retención mecánica: dispositivo cuya función es la de insertar en un mecanismo un obstáculo mecánico (cuña, pasador, etc.) capaz de evitar, por oposición de su resistencia, cualquier movimiento peligroso.
- Dispositivo limitador: dispositivo que impide que una máquina o elementos de una máquina sobrepasen un límite establecido (limitador de presión, desplazamiento, etc.).
- Mando sensitivo: dispositivo de mando que pone y mantiene en marcha los elementos de una máquina solamente mientras el órgano de accionamiento se mantiene accionado. Cuando este se suelta, retorna a la posición de parada.
- Mando a dos manos: mando sensitivo que requiere como mínimo el accionamiento simultáneo de dos órganos de accionamiento para iniciar y mantener el funcionamiento de una máquina o de un elemento de una máquina, garantizando así la protección de la persona que actúa sobre los órganos de accionamiento.
- Mando de marcha a impulsos: dispositivo de mando cuyo accionamiento permite solamente un desplazamiento limitado de un elemento de una máquina, reduciendo así el riesgo lo más posible. No permite otro movimiento hasta que se suelte y sea accionado de nuevo.
- Dispositivo de protección opto-electrónico activo (AOPD): dispositivo cuya función sensora es desempeñada por elementos opto-electrónicos emisores y receptores que detectan la interrupción de una radiación óptica, generada por el dispositivo, mediante un objeto opaco presente en la zona de detección especificada.
Requisitos mínimos de los dispositivos de protección
- Serán de fabricación sólida y resistente.
- No ocasionarán riesgos suplementarios.
- No deberá ser fácil anularlos o ponerlos fuera de servicio.
- Deberán estar situados a suficiente distancia de la zona peligrosa.
- No deberán limitar más de lo imprescindible o necesario la observación del ciclo de trabajo.
- Deberán permitir las intervenciones indispensables para la colocación o la sustitución de las herramientas y para los trabajos de mantenimiento, limitando el acceso únicamente al sector en el que deba realizarse el trabajo sin desmontar, a ser posible, los dispositivos de protección.
Véase también
Legislación
Bibliografía
UNE-EN ISO 12100-1:2004. Seguridad en las máquinas. Conceptos básicos. Principios generales para el diseño. Parte I. Terminología básica, metodología.
INSHT: Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos de trabajo.
José Mª. Cortés Díaz: Técnicas de prevención de riesgos laborales. Seguridad e higiene del trabajo. Tema 15. "Técnicas de seguridad aplicadas a las máquinas". Editorial Tébar. Comprar en Casa del Libro