Diferencia entre revisiones de «Planificación de la actividad preventiva»
m (1 revisión importada) |
m (1 revisión importada) |
(Sin diferencias)
|
Revisión del 10:01 30 ene 2021
La planificación de la actividad preventiva es el documento por el que la dirección de la empresa establece objetivos, métodos y plazos para llevar a cabo las acciones necesarias en materia de prevención de riesgos laborales. La planificación de la actividad preventiva debe partir de una evaluación de riesgos previa con el fin de conocer las posibles deficiencias o los aspectos a mejorar en materia de seguridad y salud, si bien se pueden añadir otros elementos válidos para el diagnóstico previo, como estadísticas de accidentes, informes, etc.
Los objetivos de la planificación deberán ser realistas, estar claramente definidos y con unos plazos de ejecución determinados. Una vez concluidos los plazos de ejecución, debe evaluarse si los objetivos fueron o no alcanzados. En el caso de que el período en que se desarrolle la actividad preventiva sea superior a un año, deberá establecerse un programa anual de actividades.
Es crucial en la planificación de la actividad preventiva la asignación de medios, tanto humanos como materiales, y el establecimiento de funciones y responsabilidades de las ejecuciones. No debe obviarse en una planificación preventiva la necesidad de formación e información a los trabajadores.
Legislación
Artículo 16 de la Ley de prevención de riesgos laborales.
Capítulo 2 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención.
Bibliografía
José Mª Cortés Díaz: Técnicas de prevención de riesgos laborales. Seguridad e higiene del trabajo. Tema 38."Organización y gestión de la prevención en la empresa". Editorial Tébar. Comprar en Casa del Libro