Trabajos verticales

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Trabajos verticales de limpieza de la fachada exterior del Arp museum Bahnhof Rolandseck (Remagen, Alemania)

Trabajos verticales son aquellos que se realizan de forma temporal en altura y están basados en la utilización de un sistema para el acceso y posicionamiento mediante cuerdas, que se compone de una línea de trabajo y de una línea de seguridad, fijadas por separado. El sistema para el acceso y posicionamiento se utiliza para acceder y salir del lugar de trabajo, y se puede utilizar para sujeción y evacuación o, en su caso, para rescate.

Solo en casos excepcionales en los que el uso de una segunda cuerda haga más peligroso el trabajo, podrá admitirse el uso de una sola cuerda. En tales casos, se justificarán adecuadamente las razones técnicas de tal decisión y se tomarán medidas para garantizar la seguridad.

Requisitos de los trabajos verticales

  • El sistema constará como mínimo de dos cuerdas con sujeción independiente, una como medio de acceso, de descenso y de apoyo (cuerda de trabajo) y la otra como medio de emergencia (cuerda de seguridad). Con el fin de que las dos cuerdas puedan montarse paralelas una de la otra, dispondrán de anclajes independientes y compatibles.
  • Se facilitará a los trabajadores unos arneses adecuados, que deberán utilizar y conectar a la cuerda de seguridad.
  • La cuerda de trabajo estará equipada con un mecanismo seguro de ascenso y descenso y dispondrá de un sistema de bloqueo automático con el fin de impedir la caída en caso de que el usuario pierda el control de su movimiento (dispositivos de regulación de los tipos B, bloqueadores, o C, descensores). La cuerda de seguridad estará equipada con un dispositivo móvil contra caídas que siga los desplazamientos del trabajador (dispositivo de regulación del tipo A).
  • Las herramientas y demás accesorios que deba utilizar el trabajador deberán estar sujetos al arnés o al asiento del trabajador o sujetos por otros medios adecuados.
  • El trabajo deberá planificarse y supervisarse correctamente, de manera que, en caso de emergencia, se pueda socorrer inmediatamente al trabajador.
  • Se impartirá a los trabajadores afectados una formación adecuada y específica para las operaciones previstas, destinada, en particular, a:
    • Las técnicas para la progresión mediante cuerdas y sobre estructuras.
    • Los sistemas de sujeción.
    • Los sistemas anticaídas.
    • Las normas sobre el cuidado, mantenimiento y verificación del equipo de trabajo y de seguridad.
    • Las técnicas de salvamento de personas accidentadas en suspensión.
    • Las medidas de seguridad ante condiciones meteorológicas que puedan afectar a la seguridad.
    • Las técnicas seguras de manipulación de cargas en altura.

Legislación

Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.

Real Decreto 1407/1992, de 20 de noviembre, por el que se regulan las condiciones para la comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual.

Bibliografía

INSHT: Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de equipos de trabajo.

UNE EN 12841. Equipos de protección individual contra caídas. Sistemas de acceso mediante cuerda. Dispositivos de regulación de cuerda.

UNE EN 1891. Equipos de protección individual para la prevención de caídas desde una altura. Cuerdas trenzadas con funda, semiestáticas.

Enlaces externos

Portal de equipos de protección individual: protección contra caídas de altura.