Protección colectiva
Ir a la navegación
Ir a la búsqueda
The printable version is no longer supported and may have rendering errors. Please update your browser bookmarks and please use the default browser print function instead.
Se entiende por protección colectiva aquella técnica de seguridad cuyo objetivo es la protección simultánea de varios trabajadores expuestos a un determinado riesgo.
Según el artículo 15 de la Ley de prevención de riesgos laborales, el empresario deberá adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual. Las medidas de protección colectiva pueden clasificarse en dos grandes grupos: las incorporadas al lugar de trabajo y las que forman parte de los equipos de trabajo.
Medidas de protección incorporadas al lugar de trabajo
- Ventilación.
- Sistemas de protección contra incendios.
- Barandillas.
- Redes de seguridad.
- Sistemas específicos de cada sector de actividad.
Medidas de protección incorporadas a equipos de trabajo
- Sistemas de protección contra riesgos eléctricos: tomas de tierra, interruptores diferenciales...
- Protecciones incorporadas en escalas y escaleras.
- Protecciones incorporadas a las máquinas: dispositivos de protección y resguardos.
- Protecciones incorporadas a los andamios.