Organismos públicos relacionados con la seguridad y salud en el trabajo

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Módulo 3. Unidad didáctica 1

Instituciones y organismos internacionales[editar]

  • Organización Internacional del Trabajo (OIT): además de difundir información relacionada con la prevención de riesgos laborales, elabora convenios y recomendaciones a nivel internacional. Los convenios tienen carácter obligatorio en un estado una vez que este los ha ratificado.
  • Unión Europea: obliga a sus miembros a armonizar su legislación de acuerdo con las directivas aprobadas por la Unión.

Organismos nacionales[editar]

Organismos autonómicos[editar]

De acuerdo con los estatutos de cada comunidad autónoma y dependiendo de las competencias que estas tengan, pueden tener diferentes cometidos (formación, asesoramiento técnico, investigación de accidentes...). La Constitución Española establece en su Artículo 149.1.7. que es el Estado el que tiene las competencias exclusivas en materia de legislación laboral, siendo las Comunidades Autónomas las que tienen transferidas las competencias en materia de ejecución de dicha legislación. Disponen de potestad sancionadora con regulación propia, a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Además son los órganos de las Comunidades Autónomas conocidos como Gabinetes Técnicos de Prevención los que asumen las funciones técnicas en materia de seguridad y salud en el trabajo. Sus funciones son muy parecidas dentro de su ámbito territorial a las del INSSBT, ya que sustituyeron a los Gabinetes Técnicos Provinciales del Instituto.