Obra de construcción

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Trabajadores en una obra de construcción

Según el Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción, se denomina obra de construcción a cualquier obra, pública o privada, en la que se efectúen trabajos de construcción o ingeniería civil de alguno de los siguientes tipos:

a) Excavación.

b) Movimiento de tierras.

c) Construcción.

d) Montaje y desmontaje de elementos prefabricados.

e) Acondicionamiento o instalaciones.

f) Transformación.

g) Rehabilitación.

h) Reparación.

i) Desmantelamiento.

j) Derribo.

k) Mantenimiento.

l) Conservación-Trabajos de pintura y de limpieza.

m) Saneamiento.

Relación no exhaustiva de los trabajos que implican riesgos especiales para la seguridad y la salud de los trabajadores en las obras de construcción

  • Trabajos con riesgos especialmente graves de sepultamiento, hundimiento o caída de altura, por las particulares características de la actividad desarrollada, los procedimientos aplicados, o el entorno del puesto de trabajo.
  • Trabajos en los que la exposición a agentes químicos o biológicos suponga un riesgo de especial gravedad, o para los que la vigilancia específica de la salud de los trabajadores sea legalmente exigible.
  • Trabajos con exposición a radiaciones ionizantes para los que la normativa específica obliga a la delimitación de zonas controladas o vigiladas.
  • Trabajos en la proximidad de líneas eléctricas de alta tensión.
  • Trabajos que expongan a riesgo de ahogamiento por inmersión.
  • Obras de excavación de túneles, pozos y otros trabajos que supongan movimientos de tierra subterráneos.
  • Trabajos realizados en inmersión con equipo subacuático.
  • Trabajos realizados en cajones de aire comprimido.
  • Trabajos que impliquen el uso de explosivos.
  • Trabajos que requieran montar o desmontar elementos prefabricados pesados.

Véase también

Anexo:Prevención de riesgos laborales en el sector de la construcción

Legislación

Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y de salud en las obras de construcción.

Bibliografía

INSHT: Guía técnica para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a las obras de construcción.