Escalera protegida
Se denomina escalera protegida a aquella escalera de trazado continuo desde su inicio hasta su desembarco en planta de salida del edificio que, en caso de incendio, constituye un recinto suficientemente seguro para permitir que los ocupantes puedan permanecer en el mismo durante un determinado tiempo.
Requisitos[editar]
La escalera protegida debe reunir, adem谩s de las condiciones de seguridad de utilizaci贸n exigibles a toda escalera, las siguientes:
- Debe constituir un recinto destinado exclusivamente a circulaci贸n y compartimentado del resto del edificio mediante elementos separadores EI 120. Si dispone de fachadas, estas deben cumplir las condiciones establecidas en el cap铆tulo 1 de la Secci贸n SI 2 para limitar el riesgo de transmisi贸n exterior del incendio desde otras zonas del edificio o desde otros edificios.
- En la planta de salida del edificio las escaleras protegidas o especialmente protegidas para evacuaci贸n ascendente pueden carecer de compartimentaci贸n. Las previstas para evacuaci贸n descendente pueden carecer de compartimentaci贸n cuando sea un sector de riesgo m铆nimo.
- El recinto tendr谩 como m谩ximo dos accesos en cada planta, los cuales se realizan a trav茅s de puertas EI2 60-C5 y desde espacios de circulaci贸n comunes y sin ocupaci贸n propia.
Adem谩s de dichos accesos, pueden abrir al recinto de la escalera protegida locales destinados a aseo, as铆 como los ascensores, siempre que las puertas de estos 煤ltimos abran, en todas sus plantas, al recinto de la escalera protegida considerada o a un vest铆bulo de independencia.
- En el recinto tambi茅n pueden existir tapas de registro de patinillos o de conductos para instalaciones, siempre que estas sean EI 60.
- En la planta de salida del edificio, la longitud del recorrido desde la puerta de salida del recinto de la escalera, o en su defecto desde el desembarco de la misma, hasta una salida de edificio no debe exceder de 15 m, excepto cuando dicho recorrido se realice por un sector de riesgo m铆nimo, en cuyo caso dicho l铆mite es el que con car谩cter general se establece para cualquier origen de evacuaci贸n de dicho sector.
- El recinto contar谩 con protecci贸n frente al humo, mediante una de las siguientes opciones:
- Ventilaci贸n natural mediante ventanas practicables o huecos abiertos al exterior con una superficie 煤til de ventilaci贸n de al menos 1 m2 en cada planta.
- Ventilaci贸n mediante dos conductos independientes de entrada y de salida de aire, dispuestos exclusivamente para esta funci贸n y que cumplir谩n las condiciones siguientes:
- La superficie de la secci贸n 煤til total es de 50 cm2 por cada m3 de recinto en cada planta, tanto para la entrada como para la salida de aire; cuando se utilicen conductos rectangulares, la relaci贸n entre los lados mayor y menor no es mayor que 4.
- Las rejillas deben tener una secci贸n 煤til de igual superficie y relaci贸n m谩xima entre sus lados que el conducto al que est谩n conectadas.
- En cada planta, la parte superior de las rejillas de entrada de aire estar谩 situada a una altura sobre el suelo menor que 1 m y las de salida de aire estar谩n enfrentadas a las anteriores y su parte inferior estar谩 situada a una altura mayor que 1,80 m.
- Sistema de presi贸n diferencial conforme a EN 12101-6:2005.
Escalera especialmente protegida[editar]
Es una escalera que re煤ne las condiciones de escalera protegida y que adem谩s dispone de un vest铆bulo de independencia diferente en cada uno de sus accesos desde cada planta. La existencia de dicho vest铆bulo de independencia no es necesaria cuando se trate de una escalera abierta al exterior, ni en la planta de salida del edificio, cuando se trate de una escalera para evacuaci贸n ascendente, pudiendo la escalera en dicha planta carecer de compartimentaci贸n.
Legislaci贸n[editar]
C贸digo T茅cnico de la Edificaci贸n: Documento B谩sico SI, Seguridad en caso de incendio.