Diferencia entre revisiones de «Constructor»

De Previpedia
Ir a la navegación Ir a la búsqueda
m (1 revisión importada)
 
 
(No se muestra una edición intermedia del mismo usuario)
Línea 1: Línea 1:
 
Se denomina '''constructor''' al agente que asume, contractualmente ante el [[promotor]], el compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las [[Obra de construccion|obras]] o parte de las mismas con sujeción al proyecto y al contrato, y siguiendo las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra.
 
Se denomina '''constructor''' al agente que asume, contractualmente ante el [[promotor]], el compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las [[Obra de construccion|obras]] o parte de las mismas con sujeción al proyecto y al contrato, y siguiendo las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra.
 +
 
== Legislación ==
 
== Legislación ==
 
[https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2006-5515 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación].
 
[https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2006-5515 Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación].
  
 
[[Categoría:Obras de construcción]]
 
[[Categoría:Obras de construcción]]

Revisión actual del 18:54 3 feb 2021

Se denomina constructor al agente que asume, contractualmente ante el promotor, el compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de las mismas con sujeción al proyecto y al contrato, y siguiendo las instrucciones del director de obra y del director de la ejecución de la obra.

Legislación[editar]

Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación.